Corredor Santa Rosa

Con el objetivo de continuar mejorando los tiempos de viaje de los buses del Transantiago, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dispuso de una serie de vías exclusivas, pistas solo bus y corredores de buses que son controladas por el Programa Nacional de Fiscalización de Transportes a través de cámaras automatizadas y también de manera presencial.

 

El propósito es que los vehículos particulares respeten las arterias destinadas a los buses donde se transporta un número importante de pasajeros, consiguiendo así un aumento en las velocidades comerciales del transporte público, y con ello disminuir sus tiempos de viaje.

 

Hay que tener presente las diferencias entre vías exclusivas, pistas solo bus y corredor de buses.

 

¿Qué es una pista solo bus?

Se entiende por Pista Solo Bus aquellas donde las pistas ubicadas al costado derecho de una vía o calle están destinadas a la circulación de buses, mientras que las pistas ubicadas al costado izquierdo de la misma calle están dedicada a la circulación de vehículos particulares. Las Pistas solo Bus funcionan durante las 24 horas del día, todos los días del año.

 

¿En qué consiste una vía exclusiva?

Son Vías Exclusivas las destinadas de manera exclusiva a la circulación de buses y en las que no pueden circular vehículos particulares. Estas vías funcionan solo durante las horas punta (07:30 a 10:00 y de 17:30 y 21:00 hrs.), de lunes a viernes, excepto festivos, y en el horario restringido queda prohibido el tránsito de vehículos particulares. Hay una excepción en calle San Antonio entre Ismael Valdés Vergara y Alameda, en Compañía entre Manuel Rodríguez y Estado, Merced entre Estado y Santa Lucía, y en Santo Domingo entre José Miguel de La Barra y Manuel Rodríguez, el cual también tiene horario de funcionamiento entre las 07:00 y 21:00 horas, pero restringiendo además el paso a todas las modalidades de taxis.

 

¿Qué es un corredor de bus?

Son vías en que existen pistas de uso exclusivo para los buses urbanos y se encuentran generalmente en la calzada central de la vía, debidamente segregadas por soleras o tachones. En ellas no se permite el ingreso de ningún tipo de vehículo, incluyendo los de transporte público.

 

Fiscalización de vías exclusivas y pistas solo bus con cámaras automatizadas

Desde el 2012 diversas arterías definidas como vías exclusivas y pistas solo bus son fiscalizadas a través de cámaras, haciendo más eficiente el control de estas arterias. Se trata de registros fotográficos a aquellos vehículos particulares que ingresen a estas vías dedicadas al transporte público, y cuya infracción contempla una multa que puede llegar hasta 1 UTM.

 

Los vehículos que circulan por una vía exclusiva son infraccionados al pasar por 2 cámaras o portales de control consecutivos, las cuales están ubicadas entre 2 a 3 cuadras de distancia. Esta distancia permite que los conductores puedan salir de ella en la intersección más cercana, buscando así una vía alternativa.

 

A contar de enero de 2017 se agregó la vía exclusiva de Avda. Irarrázaval y la pista solo bus de Avda. Macul y José Pedro Alessandri al control por cámaras.

 

Desde junio de 2018 se agregaron al control por cámaras el Corredor de Buses de Av. Vicuña Mackenna (entre Irarrázaval y Rancagua) y las pistas solo bus de Av. Américo Vespucio – Av. Ossa (entre Larraín y Francisco de Aguirre), Av. Francisco Bilbao, San Pablo (entre Ricardo Cumming y Hermanos Amunategui) y Av. Los Pajaritos (entre Av. Américo Vespucio y Plaza Maipú)

 

Puede ingresar a ver el mapa con la ubicación exacta de las cámaras y los tramos de las arterias controladas en Google Maps

 

¿El control de vías exclusivas y pistas solo bus se realiza solo por cámaras automatizadas?

No solo a través de tecnología son controladas las arterias dedicadas para el Transantiago. También los inspectores de transportes realizan fiscalizaciones presenciales en dichas calles infraccionando a los vehículos particulares que no respeten las vías exclusivas o pistas solo bus. El listado de calles que cuentan con alguna de estas categorías y que son controladas en terreno se encuentra en el enlace al Listado de vías exclusivas y pistas sólo bus

 

¿A cuánta distancia están ubicadas las cámaras de fiscalización?

Las cámaras de fiscalización están ubicadas entre 2 a 4 cuadras de distancia aproximadamente, de modo que quienes deban ingresar a ellas, puedan salir en el cruce más próximo para buscar vías alternativas.

 

¿Cuándo soy acreedor de una infracción?

Son acreedores de una infracción quienes circulen por 2 cámaras o pórticos consecutivos. Es decir, si una persona debe obligatoriamente ingresar a una vía o pista solo bus para acceder a su lugar de residencia o estacionamiento habitual, debe salir de ella en la intersección más cercana buscando así una vía alternativa.

 

Soy residente o trabajo en una de estas vías controladas ¿puedo transitar por ella?

Si estás obligado a entrar o salir por una de estas vías debes evitar pasar por 2 pórticos seguidos, pues al hacerlo estarás cometiendo una infracción. Por ello, es importante informarse de la ubicación de las cámaras en el Mapa de Vías Exclusivas y buscar vías alternativas.

 

¿Pueden circular taxis por las vías exclusivas?

Los taxis en todas sus modalidades no están impedidos para transitar por estas vías lleven o no pasajeros en su interior, con la excepción del eje Compañía – Merced, Santo Domingo y San Antonio. La razón es que estas arterias están consideradas con prioridad para buses de transporte público urbano.

 

¿Pueden circular taxis por las pistas solo bus?

En el caso de las pistas solo buses, este tipo de vehículos también pueden hacer uso de ellas. La salvedad es que para las pistas solo bus los taxis deben ingresar a ellas solo y si se encuentran transportando a algún pasajero. En tanto, en el caso de los corredores, los taxis no pueden circular por ellos.

 

¿Pueden circular taxis por los corredores de buses?

Los corredores de buses fueron pensados para aumentar la velocidad de circulación de los buses de transporte público, por lo que está prohibido su uso por taxis en cualquiera de sus modalidades.

 

¿Cómo puedo saber si tengo alguna infracción por las calles fiscalizadas con cámaras?

Ingresando tú placa patente a http://www.fiscalizacion.cl/consulta-de-infracciones/ puedes verificar si el Programa de Fiscalización de Transporte envió una infracción al Juzgado de Policía Local por no respetar el uso de vías dedicadas al transporte público.

 

¿A quién le llega la infracción de estas cámaras?

Las infracciones se cursan al propietario del vehículo infractor, de acuerdo con los datos que arroja el Registro de Vehículos motorizados.

 

¿Cuál es el valor de la multa por circular en vías exclusivas?

La infracción está catalogada como “Menos Grave”, por lo que la multa tiene un valor de hasta 1 UTM.

 

¿Puedo pagar la infracción por circular en vías exclusivas de forma anticipada?

Si se puede. Para esto, el infractor debe concurrir o mandar a otra persona a Tesorería Municipal respectiva, con la cédula de identidad del denunciado y el original de la boleta de citación. También puede verificar si la Municipalidad respectiva tiene la facilidad de pagar la multa de forma online. Puede optar a un descuento del 25% del valor de la multa al pagar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la multa.

 

¿Qué vehículos pueden circular por estas vías además de los buses?

a) Taxis en cualquiera de sus modalidades, incluida la sub-modalidad de taxi ejecutivo, excepto en el eje Compañía-Merced, Santo Domingo y San Antonio, donde no se permite el paso de esta modalidad de transporte;

b) Buses de servicios rurales de transporte público de pasajeros, cuyo ruteo incluya algún tramo de las vías exclusivas señaladas, de acuerdo a lo dispuesto en la resolución exenta Nº 81/2001, de esta Secretaría Regional Ministerial;

c) Buses de servicios interurbanos de transporte público de pasajeros, cuyo ruteo incluya algún tramo de las vías exclusivas señaladas, de acuerdo a lo dispuesto en la resolución exenta

Nº 82/2001, de esta Secretaría Regional Ministerial;

d) Vehículos de emergencia, del Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes y de los municipios, destinados a cumplir funciones de seguridad ciudadana, debidamente identificados como tales;

e) Vehículos de transporte remunerado de escolares (solo vías exclusivas);

g) Vehículos acondicionados para personas discapacitadas a que se refiere el artículo 60 de la ley Nº 17.238 (solo vías exclusivas).

 

Para más información sobre Pistas Sólo Bus y Vías Exclusivas dirigirse a Fiscalización en http://www.fiscalizacion.cl/listado-de-vias-exclusivas-y-pistas-solo-buses-de-la-region-metropolitana/