a) El Concesionario enviará, semestralmente, al Ministerio la propuesta de Programa de Operación de los servicios para el siguiente periodo.  Esta propuesta será enviada a más tardar noventa (90) días previos al inicio de la operación del semestre siguiente, teniendo como referencia el Programa de Operación vigente, con las eventuales innovaciones o cambios de formatos de los Anexos PO dispuestos por el Ministerio.  Las propuestas de PO serán publicadas en la página web de la Coordinación Transantiago a más tardar tres (3) días hábiles después de su recepción.

 

Dada la relevancia que reviste para la operación de los servicios, la presentación de la propuesta de Programa de Operación por parte del Concesionario será de carácter obligatorio y su no cumplimiento dará lugar a sanciones.  Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el Concesionario no presentase su propuesta de Programa de Operación en la fecha antes indicada, el Ministerio considerará como propuesta el Programa de Operación vigente a la fecha en que correspondía la presentación.

 

b) El Ministerio, a través de la Coordinación Transantiago, analizará la propuesta de Programa de Operación de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos, y podrá emitir observaciones al Programa de Operación propuesto a más tardarsetenta (70) días antes del inicio de la operación del semestre siguiente.  De haber observaciones, éstas serán publicadas en la página web de la Coordinación Transantiago a más tardar tres (3) días hábiles después de su envío.  Estas observaciones podrían incluir comentarios recibidos del resto de los Concesionarios de uso de vías, de Metro u otros organismos.

 

Si el Ministerio no emitiese observaciones dentro del plazo estipulado, el Programa de Operación se entenderá como aceptado.

 

c) En caso que el Ministerio hubiere presentado observaciones a la propuesta de Programa de Operación, el Concesionario deberá analizarlas y realizar una nueva presentación a más tardar cincuenta (50) días antes del inicio de la operación del semestre siguiente.

 

Si el Concesionario no realizare una nueva presentación dentro del plazo estipulado, este hecho dará lugar a sanciones, sin perjuicio de que el Programa de Operación con las observaciones del Ministerio se entenderá aceptado por el Concesionario.

 

d) El Ministerio, a través de la Coordinación Transantiago, sancionará el Programa de Operación definitivo, lo cual será informado al Concesionario mediante comunicación escrita a más tardar treinta (30) días antes del inicio de la operación del próximo semestre.  En caso de que el Ministerio y el Concesionario no lleguen a acuerdo en la definición de algún servicio, el servicio en cuestión –de existir– mantendría sus condiciones de operación del Programa de Operación vigente hasta que se logre un acuerdo.  En caso que se tratase de un servicio nuevo, no se procedería con su implementación hasta lograr acuerdo entre las partes.

 

e) A más tardar veinticinco (25) días antes del inicio de la operación del próximo semestre, el Ministerio hará público todos los Programas de Operación definitivos que regirán para el período siguiente, publicando los antecedentes correspondientes en la página web de la Coordinación Transantiago.